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Vehículos de tracción animal quedarán prohibidos en Colombia

Sin embargo, se plantean algunas excepciones. Vea aquí los detalles de la medida.

El Senado aprobó en último debate el proyecto de ley de la senadora Ana María Castañeda que promueve la sustitución gradual de los vehículos de tracción animal. Esto incluye carretas, carruajes, zorras o cualquier elemento que sea halado por caballos, mulas u otro tipo de animales.

Sin embargo, la medida empezaría a regir dentro de cinco años, pasado ese tiempo, el animal podrá ser objeto de incautación. Además, la ley ordena realizar un censo en todo el país para establecer cuántas personas dependen de esta actividad.

El propósito de esta ley es reducir de forma progresiva esta práctica y ayudar a las personas que viven de actividades relacionadas con la misma a que sustituyan esta clase de vehículos por otros automotores.

En ese sentido, se contempla entregar vehículos para sustituir estos animales; también se podrán sustituir por unidades productivas. Esto, según dice el proyecto de ley, tendrá que darse dentro de un plan de acción que tienen que llevar a cabo las alcaldías municipales y distritales.

Ahora bien, el proyecto plantea algunas excepciones para los vehículos que están destinados a actividades turísticas, agrícolas, pecuarias y deportivas, sobre las cuales no aplicará la prohibición. Esto quiere decir que los ‘cocheros’ en la ciudad de Cartagena podrán seguir funcionando.

Redacción SanJuandemisAmores.CO

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